lunes, 24 de septiembre de 2012

La resolución de las lindes entre Segorbe y Altura obliga a reubicar 78.000 m2 de suelo


La modificación hará que 43 alturanos tributen en el catastro segorbino, que a su vez cederá 27 contribuyentes a Altura

ANA MONLEÓN SEGORBE
Después de que el Tribunal Supremo pusiera el pasado mes de diciembre punto y final a la disputa histórica entre la delimitación de términos municipales de las localidades de Altura y Segorbe, finalmente Segorbe deberá ceder a Altura 59.000 metros cuadrados mientras que Altura cederá tan solo 29.000 metros. Así lo ha confirmado el concejal de Obras de la capital palantina, Ángel Berga quien ha explicado que el número de personas que deberán tributar a partir de que se delimiten los términos en Segorbe y lo estaban haciendo en Altura es de 43, mientras que las personas que pasarán al catastro alturano son 27.

Sin embargo, ha explicado Berga, la repercusión económica que esto puede tener en los ayuntamientos "es muy baja" ya que se trata de parcelas rústicas que, por ejemplo, en el caso de Segorbe, ni siquiera pagan el IBI.
El concejal ha explicado que "durante el mes de octubre pretendemos cerrar de una vez por todas este capítulo, ya que tampoco hay mucho más que decir al respecto con una sentencia que nos avala y nos viene a dar la razón de lo que desde el ayuntamiento segorbino defendíamos".

Así pues, Berga ha comunicado que, en caso de que no se lleve a cabo la reunión con las comisiones, como se acordó establecer en un principio, "se levantará acta con la policía y sentencia en mano, puesto que la situación está clara".
Cabe recordar que con el fallo a favor del consistorio segorbino el Supremo acabó en diciembre con los continuos recursos interpuestos por Altura, con los que pretendía delimitar a su favor parte del límite jurisdiccional entre los mojones 10 y 11 ubicados en el camino de pescadores y la antigua fábrica de los pinos en el Camino Viejo de Altura, respectivamente.

Planimetrías
Según ha explicado Berga, con la resolución el Supremo se dio la razón a Segorbe. "Basándonos en las planimetrías del término correspondientes a 1908, queda claro que la delimitación entre términos debe ir en línea recta y no como querían hacer ver desde Altura", afirmó el edil. Y es que tan solo una distancia de alrededor de dos kilómetros de largo entre un mojón y otro y apenas unos 8.500 metros cuadrados de superficie total ha enfrentado durante once años a los dos consistorios con mayor número de habitantes dentro de la comarca del Alto Palancia.

El origen del conflicto se remonta al año 1990 con la concesión por parte del consistorio de Altura a un particular de una licencia de obra para construir una nave en un terreno de su propiedad. Por su parte, el ayuntamiento de Segorbe entendió que estos terrenos rústicos formaban parte de su término y comenzó posteriormente el litigio. Ahora, según ha comentado Berga, "el propietario de esta empresa de trasportes pasará a tributar a Segorbe, en vez de en Altura como hacía hasta ahora, pero además no tendrá que pagar ningún tipo de contribución retrasada ya que el problema generado no tiene nada que ver con el propietario, sino con la administración que, a su vez, no hizo en su día nada para paralizarle la obra".

Trámites
Sería en diciembre de 1992 cuando el Director General de Administración Local comunicase a los ayuntamientos de Altura y Segorbe los trámites a seguir para el deslinde del ámbito territorial de ambos municipios. Para llevar a cabo el deslinde, en 1994 ambos municipios crearon comisiones representativas que, tras varias reuniones, mostraron su acuerdo a la delimitación vigente, a excepción del tramo comprendido entre los mojones 10 y 11.

Un tramo que actualmente vendría delimitado por una línea recta condicionada por la mediana de la autovía A-23, que marcaría que los automóviles que se dirigen hacia Teruel circulan por el término de Segorbe y los que circulan dirección Valencia van por el término de Altura. Tras años de enfrentamientos, finalmente el Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento de Segorbe.

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