El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana ha dictado sentencia en contra de la demanda interpuesta por el Sr.
Pérez Ardít; el cual pretendía que no se llevase a cabo la reforma del edificio
del Ayuntamiento.
El Sr. Pérez Ardít en una actuación fuera de toda
lógica se opuso a la modificación puntual nº 6 del Plan Especial de Protección
y Reforma Interior del Conjunto Histórico y del Catálogo del Patrimonio Arquitectónico
de Segorbe. Esta modificación tenía como objetivo poder acometer las obras del
sótano del Ayuntamiento, dando solución al problema de las barreras
arquitectónicas; actuación a la que la ley obliga en todos los edificios
públicos y que venía siendo demandada por los vecinos.