El portavoz socialista en Segorbe, sigue intentando enredar con sus argumentos la decisión que ha tomado el Alcalde de no convocar el Pleno Extraordinario, solicitado por los socialistas, donde pretendían que se tratase la grave situación económica que padece Segorbe y su incidencia en el desempleo, así como tomar las medidas necesarias para solucionarlo; el tema parece razonable y con cierto tinte de oportunismo político.
Al margen de lo oportuno que parece la solicitud, los Ayuntamientos, nos regimos fundamentalmente por la Ley Reguladora del Funcionamiento de las Entidades Locales, así como de un Reglamento y del Decreto que regula las Entidades Locales en la Comunidad Valenciana.
Dichas regulaciones, dejan muy claro cuáles son las competencias que tienen los Ayuntamientos y en base a ello no podemos tomar acuerdos que no estén dentro del art. 22 de la Ley descrita, donde enumera todas esas competencias.
El Sr. Guillen, lejos de centrarse en solicitar un Pleno para poder tomar acuerdos en base a esas competencias propias de los Ayuntamientos, solicita unos asuntos que NO son competencia local. Es lo mismo que si quisiéramos regular asuntos sobre las Fuerzas Armadas o Política Exterior, etc., al no ser competencias locales, cualquier acuerdo tomado sería nulo de pleno derecho.
Los Socialistas, cuando solicitaron el Pleno, el Alcalde les comunico que su solicitud no se ajustaba a ley y les concedió 10 días para que enmendaran su solicitud y la adaptarán a la ley.
El Sr. Guillen dentro de la prepotencia y chulería que le caracteriza, hizo caso omiso del requerimiento del Alcalde y no presento en el plazo fijado ninguna modificación de su solicitud para adaptarla a la legislación vigente.
Por lo tanto el Alcalde, después de consultar con varios organismos oficiales al respecto, así como de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, sobre este mismo asunto, donde se concluye, que es nulo cualquier pleno que en su orden del día vayan asuntos no recogidos en el artículo 22 de la Ley anteriormente descrita. En base a ello el lunes día 21 procedió a DENEGAR la solicitud de dicho pleno por ILEGAL.
El Sr. secretario del Ayuntamiento procedió a avisar a dichos concejales que pasaran a recoger dicha resolución, negándose de forma voluntaria a recoger dicha resolución en un acto de rebeldía y de actitud antidemocrática, que ha obligado a mandarles dicha comunicación a través de correo certificado, haciendo gastar un dinero al Ayuntamiento de forma innecesaria.
No nos asusta ni amedranta, las brabuconas amenazadoras del Sr. Guillen, diciendo que llevara esta decisión ante los tribunales. No es que no nos asusta si no que le retamos a que lo haga y se deje de amenazas y enredos que no conducen a otra cosa que a perder el tiempo en dimes y diretes, así que Guillen esperamos cumplas tus amenazas y sea un juez quien dé o quite la razón.
GRUPO MUNICIPAL DEL PP. AYUNTAMIENTO DE SEGORBE
SOCIALISTAS = ENREDOS
ResponderEliminarPARTIDO POPULAR = TRABAJO
todo lo demas peder el tiempo.
Joer.. Que aburridomes este tio.
ResponderEliminarLo quemdice Guillen es palabra de ley y no admite discusion que es el mas listo de la UJI, asi que ni rechistar.
ResponderEliminarCalvo, si no convocas el Pleno, por lo menos se les pagas y veras como se callan.
Guillen se esta convirtienco en sinonimo de enredador, solo le interesa lo que a elmle beneficia, no lo que interesa a los segorbinos.
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