viernes, 16 de diciembre de 2011

El Tribunal Supremo da la razón a Segorbe en relación con la línea límite jurisdiccional con altura

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia firme que pone fin a la disputa mantenida desde hace años entre el Ayuntamiento de Segorbe y el de Altura en relación con la línea límite jurisdiccional de dichos municipios entre los mojones 10 y 11. Esta Sentencia que da la razón al Ayuntamiento de Segorbe, en todos sus fundamentos, es consecuencia del recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Altura contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Orígenes y cronología del conflicto.

En el año 1990 un particular se dirige al Ayuntamiento de Altura para que le sea concedida licencia para la construcción de una nave en un terreno de su propiedad y dicho Ayuntamiento se la concede. El Ayuntamiento de Segorbe entendió que la construcción se estaba realizando en terrenos pertenecientes al término municipal de Segorbe y se opuso.
En Diciembre de 1992 por el Director General de Administración Local se comunica a los Ayuntamientos de Altura y Segorbe los trámites a seguir para el deslinde del ámbito territorial de ambos municipios. Ambos municipios nombran Comisiones que se reúnen en Febrero de 1994 y que muestran su acuerdo a la delimitación vigente, a excepción del tramo comprendido entre los mojones 10 y 11.
Recordar que el mojón 10 se encuentra en el inicio del Camino de Pescadores y el mojón 11 en la antigua fábrica de los pinos en el Camino Viejo de Altura, siguiendo la línea recta que actualmente marca un elemento notablemente estructural que condiciona y determina la realidad física, cual es la mediana de la autovía A-23. Así pues, los automóviles que se dirigen hacia Teruel circulan por el término de Segorbe y los que circulan dirección Valencia van por el término de Altura.
El Ayuntamiento de Altura reconoce la ubicación del mojón 11, pero considera que la línea de término va en dirección a Segorbe utilizando el Barranco de Capuchinos hasta la intersección con el Camino del Cementerio, conocido popularmente como “de los pobres”, hasta enlazar con el mojón 10; de esta forma la nueva rotonda y la Cruz Roja pasarían a pertenecer al término municipal de Altura. A esto, obviamente, se opuso el Ayuntamiento de Segorbe.
Al no existir acuerdo entre los Ayuntamientos y de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Población y Demarcación Territorial, se solicita informe a la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, que es emitido en mayo de 1996, dando razón a las tesis defendidas por el Ayuntamiento de Segorbe. El Ayuntamiento de Altura adoptó acuerdo plenario en el que muestra su disconformidad con dicho Informe.
Para la emisión del informe, el Instituto Geográfico Nacional analizó las planimetrías de ambos términos existentes en sus archivos y correspondientes a los años 1908, 1909 y 1938; así como dos cuadernos topográficos de campo y la numerosa documentación presentada por ambos municipios; considerando que el deslinde definitivo fue el establecido en el Acta de 1908 (extraviada durante la guerra civil). No obstante, los mojones colocados en su día se siguen conservando en la actualidad.
Antes de resolver, la Consellería de Presidencia solicita dictamen del Consejo de Estado. Una vez estudiados los informes, dictámenes y propuestas recabadas, el 7 de Julio de 2006 el Consell de la Generalidad Valenciana acuerda elevar a definitiva la línea límite jurisdiccional entre los municipios de Altura y Segorbe (publicado en el DOGV de 11/07/06).
Contra la Resolución del Consell y en aras a llegar a un acuerdo, el Ayuntamiento de Segorbe muestra su conformidad, pese a no ver recogidas todas sus pretensiones; pero el Ayuntamiento de Altura presenta recurso contencioso administrativo que se resuelve por Sentencia de 26 de Septiembre de 2008 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que ratifica el acuerdo del Consell, volviendo a dar la razón al Ayuntamiento de Segorbe.
Contra dicha Sentencia el Ayuntamiento de Altura interpuso el recurso de casación que ha sido ahora resuelto por el Tribunal Supremo, en el que nueva y definitivamente se desestiman las pretensiones del Ayuntamiento de Altura, se le condena a costas y se demuestra que el Ayuntamiento de Segorbe tenía razón cuando mantenía que el Ayuntamiento de Altura había concedido una licencia de edificación de forma irregular, en el término municipal de Segorbe.
Ángel Berga Pérez
Concejal Delegado de Fomento y Desarrollo

7 comentarios:

  1. Con la razon y la verdad se va a todas las partes y la prepotencia que han ido los de Altura en este asunto se merecian esta resolucion.
    Enhorabuena aquellos que habeis defendido los intereses de Segorbe.

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  2. Enhorabuena al Alcalde y al concejal de obras, y a todo el equipo de gobierno, por la defensa de los intereses de Segorbe.
    Me siento orgullosa de ver que por fin y siempre con la verdad y la razon, de nuevo Segorbe demuestra la grandeza de un pueblo.

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  3. Enhorabuena a los segorbinos, la Ley a puesto a cada uno en su stio.

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  4. Espero q altura nos respete como nosotros los hemos respetado, sin hacer daño en la llaga.

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  5. No tiene nada que ver con la publicación pero quiero trasladaros un par de ideas:
    1º El Ayuntamiento de Madrid ha creado zonas francas para el emprendimiento. Permitirá a los emprendedores que se instalen en esas zonas no pagar impuestos municipales en los 2 primeros años de vida. (Quieren fomentar que, por ejemplo en Chueca, se instalen empresas de actividades culturales, en La Latina otro tipo de sectores, etcétera). Tengo intereses particulares en lo que voy a decir, pero aún así creo que benefician a la colectividad. Impulsar C/Colón comercial? Impulsar zona Plaza del Ángel para actividades tipo destinadas al turismo?

    2º Deberíais añadir, visiblemente, un e-mail de contacto en el blog.

    Agradeciendo de antemano su atención, Quino Peñalver.

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  6. Esta resolucion es un ejemplo del trabajo y defensa de los intereses de los segorbinos, sin hacer ruido hasta el final, espero que la oposicon felicite al equipo de gobierno por esta resolucion. Bueno a ellos les el follon y otros temas no el trabajo y el rigor.

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  7. Si Rafa Calvo hubiese sido el Alcalde, altura hubiese ganado este pleito, todos los Alturanos lo sabiamos, mientras estos años aqui en Altura hemos estado de lios politicos, Calvo ha ido haciendo su faena.
    Alturanos ajo y agua! Y a las proximas elecciones fichamos a Rafa Calvo como Alcalde de Altura, haber si funcionamos de una puta vez.

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