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miércoles, 24 de junio de 2015

MEMORIA SELECTIVA, Sr. GOMEZ

La verdad es que no sé cómo es mi memoria, aunque usted ya la ha definido, lógicamente no puedo compartir su definición, pues simplemente reflejo lo que mi memoria me recuerda, que no es otra cosa, que los republicanos de Segorbe desde el año 2005 han votado en contra de toda la normativa taurina que el equipo de gobierno popular ha presentado en el pleno.

Y, haciendo uso de mi memoria le recuerdo que la última vez que votaron NO a la Ordenanza de festejos taurinos, ustedes y los socialistas, fue en agosto de 2014, aprobación definitiva de la actual Ordenanza.

Evidentemente, yo a usted no le he exigido nada, simplemente le solicité que reconociera que la actual Ordenanza es válida para el desarrollo de los festejos taurinos de nuestra ciudad, es decir que rectificara.

Es cierto que faltan poco más de dos meses para nuestra semana taurina pero querer es poder y eso significa trabajo, dedicación y participación.

Le reitero que ustedes, los republicanos y socialistas, votaron en contra de la Ordenanza en agosto de 2014 para ir contra del equipo de gobierno, contra los montadores y peñas y a favor del interés particular.

Difícilmente se puede argumentar el voto en contra, de ustedes y socialistas, por estar recurrida la Ordenanza, cuando no estaba aprobada todavía (tranquilo no le estallará en las manos). ¿Es que ustedes sabían que se iba a recurrir? ¿Por quién o quiénes? Eso es lo que tiene que explicar para justificar su voto contrario.

No obstante le digo, que estamos encantados de que los festejos taurinos se desarrollen al amparo de la Ordenanza que aprobó en solitario el equipo de gobierno popular en la anterior legislatura, pues pensamos que es la mejor, no la única, pero defiende la tradición y peculiaridad de nuestra plaza.


Vicente Hervás García
Secretario General del Partido Popular de Segorbe













lunes, 8 de junio de 2015

El Ayuntamiento de Segorbe exige la retirada inmediata de la antena de Vodafone

Aproximadamente hace dos meses la empresa Vodafone colocó en una propiedad particular sita frente al complejo acuático Segóbriga Park, una antena que previamente por parte del Ayuntamiento había sido denegada su autorización.

Tras ello, por parte de la Junta de Gobierno Local se acordó  conceder un plazo máximo de un mes para que se procediera a la retirada de la mencionada antena, ante lo cual la citada empresa presentó el correspondiente recurso potestativo de reposición.

Desde los servicios técnicos municipales se ha emitido un informe en relación al recurso presentado:

A la vista de la ordenanza que rige urbanísticamente la zona donde se ubica la instalación, se entiende que la misma se encuentra en un entorno de especial  protección por estar calificada como de Centro Histórico, y que como tal debe cumplir con las condiciones estéticas que refiere la ordenanza para dicha zona, al igual que cualquier edificación que se ubique en el ámbito de la misma; condiciones todas ellas tendentes a configurar un núcleo de población donde los edificios mantengan las características tradicionales y singulares de su entorno, debiendo para ello ser de gran simplicidad y neutralidad, y estar ejecutados con materiales tradicionalmente utilizados, y de color y textura presentes en el entorno, y donde hasta los elementos complementarios a las edificaciones que sobresalgan de cubierta deben ser tratados con materiales iguales y coherentes con los de los edificios.

Siendo por ello que a la vista de la instalación realizada, se observa claramente que ha supuesto un hito que rompe completamente con la idiosincrasia del lugar y su entorno, no respetando ninguna de las condiciones estéticas que se imponen en la ordenanza que son tendentes a la neutralidad y la integración con el entorno.

De igual manera que como edificación exenta no cumpliría con la Ordenanza del PGOU, tal y como se ha descrito, tampoco lo cumpliría como instalación secundaria, puesto que la normativa urbanística de la zona de uso residencial de Segorbe no contempla la posibilidad de este tipo de instalaciones directamente sobre el terreno, ocupando un solar libre de edificación, sino como instalación secundaria del edificio de viviendas.

De conformidad con todo lo anteriormente expresado, se entiende que la instalación pretendida no sería posible en dicho emplazamiento, por contravenir la Ordenanza Reguladora de la Instalación, Modificación y Funcionamiento de los Elementos y Equipos de Telecomunicación para Telefonía Móvil, por lo que procede desestimar el recurso de reposición formulado contra el acuerdo aportado por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de abril.”

A la vista de dicho informe, el pasado día 5 de junio por parte del Alcalde se dictó resolución en los siguientes términos:

Ratificar el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el pasado día 22 de abril, por el que se denegaba a Vodafone España SAU la autorización para la instalación de equipamiento de telecomunicaciones en a Calle Monte San Blas.

Desestimar el recurso potestativo presentado

Requerir que de forma inmediata se proceda al desmontaje y retirada de la antena ya instalada e instar al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón la necesaria autorización a este Ayuntamiento para proceder a la retirada de la antena en el supuesto de que el interesado no cumpla con el requerimiento.

Por todo ello, la empresa Vodafone deberá de forma inmediata proceder a la retirada de dicha antena en base a todo lo anteriormente justificado.

Gabinete de Prensa
Ayuntamiento de Segorbe





martes, 19 de noviembre de 2013

El TSJCV resuelve a favor del Ayuntamiento de Segorbe la ejecución de la sentencia sobre la ordenanza de la plaza de toros

El TSJCV resuelve a favor del Ayuntamiento de Segorbe la ejecución de la sentencia sobre la ordenanza de la plaza de toros interpuesta por Francisco Pérez Ardit


Recordar que el Sr. Pérez Ardit, interpuso recurso contra la Ordenanza que aprobó el Pleno del Ayuntamiento de Segorbe en fecha 1 de junio de 2004, donde a través de la cual se regulaban los Festejos Taurinos.

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